LEY 3/1997, DE 28 DE MAYO, DE ORDENACION FARMACEUTICA DE LA REGION DE MURCIA.

Es interés de la Ley introducir una ordenación de la atención farmacéutica en la Región de Murcia, que, respetando los elementos existentes que han sido eficaces en la prestación de este servicio, establezca nuevos principios y criterios de planificación, con objeto de conseguir una regulación integradora, clara y, en lo posible, carente de lagunas e indeterminaciones, conjugando en su justo término la participación activa de los profesionales farmacéuticos con la necesaria intervención y coordinación de la Administración sanitaria, a fin de lograr ese fin último, que es la protección de la salud de los ciudadanos.
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