DECRETO 109/2007, de 15 de mayo, por el que se regulan los botiquines farmacéuticos de urgencia.

El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo de la legislación de ordenación farmacéutica de Canarias, regulando los siguientes aspectos: \
a) Los requisitos y condiciones para la instalación de los botiquines farmacéuticos de urgencia.

b) Los requisitos que deben cumplir los locales donde pretendan ubicarse los botiquines.

c) El procedimiento para la determinación de la procedencia de la instalación del botiquín.

d) El procedimiento para la autorización de instalación, de apertura y funcionamiento y de la revocación de la autorización de instalación.

e) El régimen de funcionamiento de estos establecimientos.

f) Las existencias mínimas de medicamentos que deben disponer los botiquines y que se relacionan en el anexo del presente Decreto.

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